Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta por la ciudadana CONSUELO MIGUELINA ZULLO TOLEDO, asistida por el abogado Félix Ramón Carrillo Guilarte, Inpreabogado N° 100.005, contra el INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES.
SEGUNDO: Se declara la nulidad del acto administrativo N° DGRHAP. 00173 dictado el 16 de abril de 2009 por el Director General de Recursos Humanos y Administración de Personal que afectó a la querellante, en consecuencia, este Tribunal ordena al Presidente del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales que restituya a la querellante a su lugar de trabajo, en el mismo cargo y horario, el cual se encuentra ubicado en el Ambulatorio de Naiquatá, Parroquia de Naiquatá, Estado Vargas.
TERCERO: En relación.....