Este JUZGADO SEXTO SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesta por la parte demandada contra el acta de fecha 19 de junio de 2017, mediante la cual se llevo a cabo la celebración de la audiencia preliminar ante el Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación, y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE REPONE la causa al estado de que el Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación, y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas fije nueva oportunidad para la prolongación de la Audiencia Preliminar. TERCERO: No hay condenatoria en costas