Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN en el presente procedimiento de oferta real de pago, presentada por la Oferente INVERSIONES LA CASA-DELA, C.A. (RESTAURANT LA CASTAÑUELA), inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda el día 31 de octubre de 1995, bajo el N°77, Tomo 331-A-Pro, con posteriores reformas de sus estatutos sociales, siendo la última de ellas registrada por la antes mencionada oficina de registro en fecha 17 de febrero de 2000, bajo el no. 7, Tomo 22-A-Pro.; a favor del Oferido ciudadano PEDRO WILLIAN GÓMEZ PRIETO, cédula de identidad N°V-11.839.270. PUBLIQUESE, REGISTRESE LA PRESENTE DE.....