Se acuerda a favor del acusado Gabriel Jose Pérez Tua, Cedula de identidad Nº V- 20.943.461, por la comisión del delito Lesiones Personales, de conformidad con el artículo 413 del Código Penal, la medida de ACUERDO REPARATORIO, y ADMITE que sean cancelado la cantidad de dinero Bs. 10.000 bf a la victima en los términos establecidos en la presente audiencia, para el dia 10-12-2014 Este Tribunal fija para el día 10-12-2014 hora 10:00 a.m, audiencia para la verificación del cumplimiento del acuerdo reparatorio y su posible homologación; y vista la admisión de hechos realizada por el ciudadano Gabriel Jose Pérez Tua, Cedula de identidad Nº V- 20.943.461 y la solicitud de la defensa este Tribunal acuerda el acuerdo reparatorio tal y como lo señalaron las partes.
Para la fecha 10-12-2014 hora 10:00 a.m, en caso de ser verificado el ultimo pago acordado por las partes y homologado por este juzgado, se procederá a emitir auto resolutivo de la obligación extinguida, si asi fuere el caso.....