DECISIÓN
En virtud de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Decimo Septimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE EN RAZON DE LA MATERIA para conocer de la demanda que por PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA intentara el ciudadano HECTOR LUIS SIFONTES SALAZAR, debidamente representado por la abogada SULILBE LOPEZ, contra el ciudadano PEDRO ESTEBAN LOPEZ CHCÓN o HEREDEROS CONOCIDOS O POR CONOCER, todos suficientemente identificados en el encabezado de la presente decisión.
SEGUNDO: DECLINA LA COMPETENCIA al Tribunal de Primera Instancia Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que resulte competente por distribución, para lo cual se acuerda remitir mediante oficio el presente expediente con todos sus recaudos al Juzgado .....