PRIMERO: SE DESECHAN los alegatos de extemporaneidad de la oposición planteada, así como la solicitud de revocatoria y nulidad de la decisión recurrida.-
SEGUNDO: SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por la abogada OLGA M. FEBRES CORDERO, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el número 26.614, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, en contra de la decisión de fecha 20 de abril de 2006, dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
TERCERO: CON LUGAR LA OPOSICIÓN interpuesta por los ciudadanos CARLOS JOSÉ ROJAS JIMÉNEZ y ALBERTO ENRIQUE ROJAS JIMÉNEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 3.985.982 y V-5.116.975, respectivamente, en contra de los actos de ejecución materializados con la entrega material realizada en fecha 12 de enero de 2006, por el Juez Primero de Municipio especializado en Ejecución de.....