Se consignó y publicó resolución declarando: 1.- CON LUGAR la defensa de falta de cualidad opuesta por la codemandada "EDIFICACIONES 664655 C.A." y SIN LUGAR la pretensión que el ciudadano LUIS B. MARÍN GARCÍA interpusiera en su contra.- 2.- SIN LUGAR la pretensión interpuesta por el ciudadano LUIS B. MARÍN GARCÍA c/ la entidad de trabajo denominada "CORPORACIÓN SESOVEN C.A.", ambas partes identificadas en los autos. 3.- No se condena en costas al demandante conforme al art. 64 LOPT.-