DISPOSITIVO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la recusación propuesta el día diecisiete (17) de noviembre de dos mil catorce (2014), por el abogado JOSÉ D´JESÚS PÉREZ, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, en contra del Juez Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Dr. JUAN CARLOS VARELA RAMOS, con base en el ordinal 15º del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio que por INFRACCIÓN DE PATENTE-PROPIEDAD INTELECTUAL sigue la sociedad mercantil ICOS CORPORATION, contra la sociedad mercantil LABORATORIOS LA SANTÉ, C.A.
SEGUNDO: Por cuanto la presente recusación se considera no c.....