Por las razones de hechos y de derecho anteriormente expuesto, este Juzgado Sexto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano DANIEL MIJARES contra la universidad nacional denominada UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA, ambas partes identificadas en los autos. SEGUNDO: RESUELTA LA CONSULTA sometida a consideración de esta alzada. TERCERO: Por cuanto el ente demandado goza de los privilegios y prerrogativas de la República no hay condenatoria en costas.