DECISION
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejecución de sentencia, ordena al adolescente DATOS OMITIDOS, cumpla las sanciones de Imposición de Reglas de Conducta, por el Lapso de un (01) año y Servicios a la Comunidad, por el Lapso de seis (06) meses, en la causa seguida por el delito de Robo Genérico, previsto en el artículo 455 del Código Penal, fíjese para el día 30 de Marzo de 2009 a las 9:00 a.m. la audiencia para la imposición de la presente decisión, con la indicación a los notificados que tendrán derecho en la misma, a efectuar las observaciones que a bien tengan. Líbrense las respectivas notificaciones Por cuanto el adolescente se encuentra privado de libertad en el asunto KPO1-D-2005-205, solicítese el traslado al ciudadano Director del Centro Socio Educativo Doctor Pablo Herrera Campins
El Juez de Ejecución,