Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara IMPROCEDENTE el recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente REPUESTOS DRS AUTOMOTRIZ C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, el 05 de septiembre de 1997, bajo el Nº 42, Tomo 436-A-segundo., Registro de Información Fiscal Nº J-30474817-5., contra la Resolución Nº GJT-DRAJ-A-2003-1269 dictada en fecha 04 de julio de 2003. En consecuencia:
PRIMERO: COSTAS: Se condena en costas a la contribuyente REPUESTOS DRS AUTOMOTRIZ C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, el 05 de sept.....