Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Sexto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto por el apoderado Judicial de la parte actora, contra el auto de fecha 06 de febrero de 2009, dictada por el Juzgado Trigésimo Sexto Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE CONFIRMA con distinta motiva el auto de fecha 06 de febrero de 2009, dictada por el Juzgado Trigésimo Sexto Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. TERCERO: SE REMITE al Juzgado Trigésimo Sexto Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas el .....