Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la abogada NAREMI SILVA GRACIA, inscrita en el IPSA N° 47.247, actuando en su condición de apoderada judicial de la parte actora, contra la decisión de fecha 20 de abril de 2015 emanada del Juzgado Segundo (2º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio incoado por los ciudadanos PEDRO LUIS AMBRONA VALERA y WUILMER ALEXIS MUÑOZ VASQUEZ, contra el PODER EJECUTIVO DEL ESTADO ZULIA,