Con base a dichas decisiones, se observa que el interés principal del presente juicio asciende a la cantidad de TRES MILLARDOS DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO BOLÍVARES CON DIECIOCHO CÉNTIMOS (BS. 3.268.566.934,18) y para el día 25 de julio de 2003, cuando se interpuso la demanda, la cuantía necesaria para acceder al recurso de casación era la suma de CINCO MILLONES UN BOLÍVARES (BS. 5.000.001,00), por cuanto para esa fecha cada Unidad Tributaria tenía un valor de UN MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS BOLÍVARES CON SESENTA Y SIETE CÉNTIMOS (BS. 1.666,67). En consecuencia, se ADMITE el recurso interpuesto por el abogado MANUEL DE JESUS PUERTA RAMIREZ actuando como co-apoderado judicial de la parte demandada la sociedad mercantil COMPAÑÍA NACIONAL ANÒNIMA DE SEGUROS LA PREVISORA, y se ordena la remisión del expediente a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, por cuanto, además, la recurrida está comprendida de.....