DECRETA su ejecución voluntaria en los siguientes términos: UNICO: Se fija un lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir del despacho siguiente al de hoy, para que la contribuyente WILCO, C.A. efectué el cumplimiento voluntario de la sentencia, cuyo dispositivo es del tenor siguiente: " SIN LUGAR, el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por los abogados Jesús Brito Cazorla, Manuel Rojas Pérez, Belén Pulgar Salas e Isabel Rodríguez Garrido, INPREABOGADO Nros. 96.554, 98.956, 130.585 y 130.593, respectivamente. actuando en su carácter de representantes legales de la contribuyente WILCO, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 18-10-1949, bajo el N° 1060, Tomo 4-B, e inscrita en el Registro de Información Fiscal (RIF) Nº J-00039107-, contra la Resolución (Imposición de Sanción) Nº GRTICE-RC-DF-0691/2007-08, emanada en fecha 28-12-2007 de la División de Fiscalización de la Gerenc.....