Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 28 de julio del 2016 por el abogado CARLOS PEÑA, en su condición de co-apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada el 25 de julio del 2016, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: CON LUGAR la acción merodeclarativa de extinción de hipoteca incoada por los ciudadanos FRANCISCO JOSÉ CAMPOSANO DOVALE e HILDA DOVALE DE CAMPOSANO contra la entidad bancaria BANCO DE VENEZUELA, S.A., ambas partes identificadas al comienzo de esta sentencia; en consecuencia, se declara EXTINGUIDA la hipoteca convenc.....