Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Décimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana MARYELIG AVILA BALZA, en contra de la empresa LA RONERIA 1796, C.A. SEGUNDO: Se CONDENA a la referida empresa, a cancelar el monto que resulte de la experticia complementaria del fallo, que se ordena efectuar a tales efectos, para lo cual el tribunal ejecutor designará un único experto contable, quien deberá tomar los parámetros que se señalen en la motiva del presente fallo. Se ordena la corrección monetaria sobre la cantidad resultante de la experticia complementaria del fallo, en el caso que el demandado no cumpliere voluntariamente la sentencia, para lo cual la indexación será calculada desde el decreto de ejecución hasta la realización .....