Este Tribunal ordena de conformidad con lo dispuesto en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, la Apertura del Juicio Oral y Público en la presente causa seguida a los ciudadanos CHRSTOPHER JESÚS CONTRERAS ZARRAZOLA y JOAHNDRE FRANCISCO REYES BRAVO, de nacionalidad venezolana, titulares de las cédulas de identidad Nº 19.323.295 y 19.348.768 respectivamente, por la presunta comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal Vigente, por hecho cometido en perjuicio de la ciudadana VIOLETT HOMSI ZEITOUNE.
Se emplaza a las partes para que en el plazo común de cinco días concurran ante el Juez de Juicio competente, a los fines de que se celebre el debate Oral y Público a que hubiere lugar, instruyéndose a la Secretaria del Tribunal a objeto de remitir al Juzgado de Juicio respectivo la documentación, actuaciones y objetos que se incautaron y hayan sido dejados a disposición de este despacho judicial. Líbrese Oficio remitiendo la p.....