Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente OPERADORA 982, C.A., inscrita en el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 05 de noviembre de 1998, bajo el Nº 27, Tomo 494-A-Sdo, Registro de Información Fiscal Nº J-30575744-5, contra la Resolución (Imposición de Sanción) Nº SAT-GRTI-RC-DF-1-1052-000130 emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) en fecha 26 de enero de 2000. En consecuencia:
PRIMERO: Se CONFIRMA la Resolución Nº SNAT/GGSJ/GR/DRAA/200.....