DISPOSITIVA
Por los motivos precedentemente expuestos, esta Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la recusación planteada por el Dr. HUGO PRIETO, en su condición de defensor de los ciudadanos CRUZ IGNACIO BELLO y ALEXANDER CERVANTES, en contra del Dr. RODOLFO ROMERO ZAMBRANO, Juez del Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 en su numeral 4° del Código Orgánico Procesal Penal.