Consta en autos que el penado entró en detención preventiva el día 09 DE NOVIEMBRE DE 1995, saliendo en libertad el 24 DE NOVIEMBRE DE 1995, por lo que permaneció detenido por espacio de QUINCE (15) DIAS. Fue detenido nuevamente el 13 DE ABRIL DE 1997, en fecha 14-07-03 le concedieron el Confinamiento, el cual no cumplió según información suministrada por el Prefecto del Municipio Torres, oficio N° 299-04 (folio 655), posteriormente se libra orden de Aprehensión, por lo que cumplió de la pena impuesta: SEIS (06) AÑOS, CUATRO (04) MESES Y UN (01) DIA, que sumada a la detención anterior da un total de detención de SEIS (06) AÑOS, CUATRO (04) MESES Y DIECISEIS (16) DIAS. Así mismo se evidencia que dicho ciudadano Redimió Pena, por el lapso de UN (01) AÑO, SIETE (07) MESES Y UN (01) DIAS, dándole un total detención con Redención de SIETE (07) AÑOS, ONCE (11) MESES Y DIECISIETE (17) DIAS. Entra en detención nuevamente en el asunto KP01-P-2006-006559 el día 09-11-06, manteniéndose deten.....