Por los razonamientos de hecho y de derecho que han quedado expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con Competencia Nacional y sede en la Ciudad de Caracas (en transición), Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, ordena la SUSPENSIÓN DE LA PRESENTE CAUSA, y se abstiene de acordar o suspender toda medida preventiva o de ejecución que haya sido o eventualmente sea solicitada contra el Banco Industrial de Venezuela, C.A., en el presente juicio.-ASÍ SE DECIDE.-
Se ordena la notificación de las partes así como la notificación del Procurador General de la República.-
Se ordena con vista a la decisión dictada, se ordena la notificación de la parte actora.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario con competencia Nacional y sede en la Ciuda.....