Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional ejercida en fecha 06 de julio de 2012, por el abogado Virgilio Jesús Gómez de Sousa E., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 6.251.915 e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 24.836, actuando en este acto en su carácter de apoderado judicial de la contribuyente “BAR LA FRAGATA C.A.” contra el ciudadano Jesús Alfonso Álvarez, en su carácter de Superintendente Municipal de Administración Tributaria del Municipio Bolivariano Libertador (SUMAT).