Por las razones que anteceden esta Sala Sexta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos:
1.- Declara CON LUGAR el recurso de apelación incoado por el abogado VÍCTOR HUGO BARRETO TACORONTE, en su condición de Fiscal Cuadragésimo Octavo (48º) del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia Plena
2.- ANULA la decisión dictada el 17 de diciembre de 2014, por el Juzgado Undécimo (11°) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual: "...DECLARA CON LUGAR LAS EXCEPCIONES OPUESTAS POR LA DEFENSA, Y DESESTIMADA LA ACUSACIÓN presentada por los representantes Fiscales (...). En consecuencia, SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA, de conformidad con lo previsto en el artículo 34 ordinal 4 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con .....