DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto, esta Sala Siete de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley emite el siguiente pronunciamiento:
Único: ADMITE conforme a lo previsto en el artículo 439 numeral 5 en relación con el encabezamiento del artículo 442 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto el 25 de noviembre de 2014, por la abogada LEONELA HERNANDEZ, Defensora Pública Auxiliar Primera (01º) Penal del Área Metropolitana de Caracas, en su carácter de defensora del ciudadano ARNOLDO RAFAEL TORRES BARRERA, quien recurre contra la decisión del 4 de noviembre de 2014 dictada por el Juzgado Décimo Octavo (18°) de Juicio del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual negó la solicitud realizada por la defensa, en el sentido que le sea acordada al imputado de autos la inmediata libertad, de conformidad c.....