Por todos los razonamientos expuestos, esta SALA TRES DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la pretensión incoada por el profesional del derecho SIMON RAMOS SANCHEZ, en su condición de defensor de la ciudadana ALBANNI NATHALY MORA SERNA, contra la decisión proferida en fecha 20 de Mayo de 2010, por la Juez Décima Séptima de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad a la mencionada imputada y consecuencialmente confirma la decisión recurrida.-
SEGUNDO: DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto, en fecha 31/05/2010, por la profesional del derecho, MARIELA ANGELINA PEREZ DEVIA, en su carácter de defensora del ciudadano EDUAR.....