DECISION. Oídas como han sido las partes este tribunal de control Nº 2, respetando el criterio de la Corte de apelaciones del Estado Lara, el cual no comparte por ser este proceso comenzado por vía ordinaria y no por el procedimiento especial establecido en el Art. 373 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda mantener al ciudadano JESUS EDGARDO ALVARADO MORELLIS, titular de la Cédula de identidad Nº V- 14.242.138 en el CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS PENALES Y CRIMINALISTICAS DEL ESTADO LARA, a fin de dar el tramite correspondiente al recurso de apelación que con efecto suspensivo ejerciera el fiscal del M.P, en esta audiencia. Se acuerdan copias simples solicitadas por las partes Las partes quedaron notificadas. Publíquese- Cúmplase.- Remítase a la Corte de Apelaciones.
La Juez
Abg. Leila-Ly De Jesús Ziccarelli De Figarelli
La Secretaria
Abg. Gabriela Quero