DECISIÓN
Como consecuencia de los elementos de hecho y fundamentos de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoara la sociedad mercantil AMP CONSTRUCCIONES C.A., contra la sociedad mercantil TEGAVEN, TEXEIRA DUARTE Y ASOCIADOS, C.A., ampliamente identificadas al inicio de esta decisión DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la Cuestión Previa contenida en el artículo 346, ordinal 4to del Código de Procedimiento Civil, relativa a la ilegitimidad de la persona citada como representante del demandado, por no tener el carácter que se le atribuye, promovida por la demandada.
SEGUNDO: SIN LUGAR la Cuestión Previa contenida en el artículo 346, ordinal 6to del Código de Procedimiento Civil, por defecto de forma de la demanda por no haber.....