En la situación de especie, la parte actora solicitó la aclaratoria de manera extemporánea por tardía, toda vez que la solicitó al segundo (2º) día de despacho después de haberse dictado la sentencia. Sin embargo, el co-apoderado actor, más que pedir aclaratoria de la sentencia, solicita la corrección del apellido de su cliente, debido a que por error material se coloco Capuzzo, siendo lo correcto; Capuozzo.
En este sentido, a los fines de garantizar el debido proceso, el derecho a la defensa y la tutela judicial efectiva, y de acuerdo al principio del Juez como director del proceso, se hace imperativo para esta superioridad, subsanar lo que evidentemente se traduce en un error material, ello en virtud que tanto en el encabezado, como en el cuerpo de la sentencia y en el dispositivo del fallo dictado en fecha 07 de agosto de 2017, se puede constatar que efectivamente se incurrió en un error al transcribir de forma errada el apellido de la parte actora. Siendo ello así, en aras de gar.....