DISPOSITIVA
Con fuerza en la motivación anterior esta SALA CUATRO DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando a tenor de lo pautado en el artículo 428 y 442 ambos del Código Penal Procesal Penal, emite el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: Se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho ALBERTO MEJIA PIDGHIRNAY, actuando en defensa de la ciudadana BELKIS JOSEFINA HERNÁNDEZ, en contra de la decisión dictada con ocasión a la celebración de la Audiencia Oral para Oír al Imputado de fecha 07 de Agosto de 2015, por el Juzgado Cuadragésimo Primero (41°) en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decreto medida cautelar sustitutiva de libertad en contra de su asistida, de conformidad con lo establecido en los artículos 242 numerales 3, 5 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal,.....