PRIMERO: CON LUGAR el recurso de regulación de competencia ejercido por la representación judicial de la parte actora, ciudadanos CELSO ALBERTO ARDILA RODRÍGUEZ y ALFONSO QUINTERO CORDERO, en fecha 01 de diciembre de 2020, en contra de la decisión dictada en fecha 11 de marzo del 2020, por el Tribunal Vigésimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la competencia del Juzgado Vigésimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para conocer del juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO siguen los ciudadanos CELSO ALBERTO ARDILA RODRIGUEZ y ALFONSO ENRIQUE QUINTERO CORDERO, contra la Sociedad Mercantil PLAVICA VEN, C.A.
TERCERO: Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas