declara CON LUGAR, la inhibición planteada por la ciudadana ALEGRIA LILIAN BELILTY BENGUIGUI, en su condición de Juez Integrante de la Sala Diez de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 05 de Noviembre de 2007, fundamentada en los artículos 86 ordinal 8º y 87 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, relacionada con la causa distinguida bajo el Nº 10Aa 2138-07 (nomenclatura de esta Sala), seguida en contra de los Acusados YONEIDI COROMOTO ABREU CARRILLO, ARAQUE CEDEÑO WILMER SAÚL, JONAS ALBARRAN y MILAGROS COROMOTO DE ARMAS DE FANTES.