Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por IVONE PATRICIA MAYORGA en su condición de consultora jurídica del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA VIVIENDA Y HÁBITAT DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, contra la decisión dictada el 31 de julio de 2007 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, tribunal que actuó como juzgado de instancia en la solicitud de ENTREGA MATERIAL DE BIEN VENDIDO incoada por PRODUCTOS PISCÍCOLAS PROPISCA, S.A. contra el ciudadano MAJED KHALIL MAJZOUB, y como tercero opositor el BANCO NACIONAL DE LA VIVIENDA Y HÁBITAT (BANAVIH) adscrito al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA VIVIENDA Y HÁBITAT, expediente Nº S-8014 de la nomenclatura del mencionado T.....