DISPOSITIVO
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el día diez (10) de abril de dos mil quince (2015), por el abogado LUIS GABRIEL BOUQUET LEÓN, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada en fecha ocho (8) de abril de este mismo año, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial, en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES intentara FONDO DE PROTECCIÓN SOCIAL DE LOS DEPÓSITOS BANCARIOS, quien actúa en el proceso como ente liquidador de BANCO CANARIAS DE VENEZUELA, BANCO UNIVERSAL, C.A., contra la sociedad mercantil INVERSIONES CONSULTA INTEGRAL 2010, C.A., por no haber cumplido el recurrente, con los extremos previstos en el artículo 295 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada en costas del recurso, de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Déjese copia certificada de la presente decis.....