En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículo 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de la sentencia Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia N° 693, de fecha 02/06/2015, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de divorcio con fundamento en lo establecido mediante sentencia N° 693, emanada Sala Constitucional del Tribunal Supremo y en consecuencia disuelto el vínculo que contrajeran los ciudadanos VICTOR MANUEL MENDOZA MUJICA y la ciudadana NORELYS DEL CARMEN MARIN ORTIZ, ambos identificados, en fecha 06/10/1989, por ante el Registro Civil de la parroquia Tamaca, municipio Iribarren, estado Lara, acta N° 28, folio 29 vto. Ofíciese al referido ente y al Registro Principal .....