Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- ACEPTA LA COMPETENCIA para conocer el presente recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano ELVIS ELIESER MENDOZA OVIEDO, titular de la cédula de identidad Nº V-17.319.466, debidamente asistido por la abogada Gabriela Morales, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 118.095, contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, por órgano del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ, a través del CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, PENALES Y CRIMINALÍSTICAS (C.I.C.P.C.).
2.- CON LUGAR, la querella funcionarial interpuesta u en consecuencia:
2.1 Se declara NULO el acto administrativo contenido en la Decisión Nº 002, de fecha 01 de febrero de 2012, emanado del Consejo Disc.....