En consecuencia, este Juzgado HOMOLOGA en los términos expuestos por las partes la transacción celebrada, confiriendo a la misma los efectos de cosa juzgada del modo en que lo prevé el artículo 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo y, de conformidad con lo previsto en el numeral 3 del artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y se da por terminado la causa, igualmente se ordena el cierre informático y archivo del expediente. El Tribunal deja expresa constancia de haber expedido en este acto, copias certificadas solicitas por las partes al igual que los originales de las pruebas aportadas por la s partes en la oportunidad de inicio de la Audiencia Preliminar. Se da por concluida la audiencia previo receso para la firma de la presente acta por los comparecientes, el Juez y Secretaria.