este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÀREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por COBRO DE OTROS CONCEPTOS LABORALES incoada por el ciudadano DEIBIS JESUS ALAYON contra INVERSIONES EL REY DEL MANIQUI, C.A y MANIQUIES VENEZOLANOS C.A identificada en autos. SEGUNDO: ser ordena cancela a la demandada los conceptos que se señalan en la motiva del fallo TERCERO: Se condena en costa a la demanda conforme a lo previsto en el articulo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.