En su escrito de promoción de pruebas los apoderados judiciales de la parte querellada en el "CAPÍTULO I" denominado "DE LAS PROBANZAS", promueven en los numerales: "PRIMERO", "SEGUNDO" y "TERCERO" las siguientes documentales; Gaceta Municipal Ordinaria Nº 215-2013, de fecha 06 de agosto de 2013, marcada "A", Gaceta Municipal Ordinaria Nº 185-2012, de fecha 13 de marzo de 2012, marcada "B", contentivo de "El Manual de Organización" marcado "C", y el "Estatuto de Personal de la Contraloría del Municipio Vargas", marcado "D", respectivamente consignados junto al escrito de promoción de pruebas, insertas dichas documentales a los folios Nro. 75 al 124, del expediente judicial, en tal sentido, este Órgano Jurisdiccional admite lo promovido en cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, y así se decide.