DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: RESUELTA la consulta legal a la que estaba sujeta la decisión dictada el 03 de agosto de 2017, por el Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de caracas, que declarara con lugar la solicitud de disolución de hogar, la cual queda CONFIRMADA en todas y cada una de sus partes.
Segundo: CON LUGAR la solicitud de disolución del hogar, y como consecuencia de ello, DISUELTO el hogar constituido sobre una casa quinta y la parcela de terreno en que está construida, marcada con el Nº 130 de la Zona "J" de la Urbanización Macaracuay, Municipio Petare, Distrito Sucre del Estado Miranda. Dicha parcela tiene una .....