Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del recurso de nulidad incoado por la representante legal de la Sociedad Mercantil Inversiones Narvin, C.A., contra el Acto Administrativo contenido en la comunicación Nro. 0-IS-13-1297 de fecha 20 de diciembre de 2013, emanada de la Alcaldía del Municipio Chacao del estado Miranda, suscrita por el abogado Gabriel Perdomo, Arquitecto Filomena Bayas, Arquitecto Deyvis Galvis y Arquitecto Leonardo Gargano, actuando como abogado, Arquitecto Revisor, Gerente de Desarrollo Urbano y Director de Ingeniería Municipal, respectivamente, mediante la cual ordenó proceder a la paralización de los trabajos referidos a la modificación de la fachada del edificio Cristal Palace.
SEGUNDO: Se declara PROC.....