Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, se declara:
i. Se declara INCOMPETENTE para conocer del Recurso Contencioso Tributario interpuesto por los ciudadanos Matías Pérez Irazábal, María Auxiliadora Jurado, Ricardo Antonio Jaramillo Roa, María Alejandra Castillo González y Grelis Marcano Quintero; inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 108.353, 77.206, 98.767, 99.250 y 103.393.
ii. Se DECLINA la competencia ante la Corte Primera y Segunda de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, ordenándose la remisión del presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes de lo Contencioso Administrativo.