Declarado Inadmisible el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la Contribuyente EMPRESAS CARTERES NATACHA en virtud de que se aprecia que el escrito contentivo del Recurso Jerárquico, fue presentado anta la División de Recursos de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Los Andes, en fecha 23-01-1998, mientras que el Recurso Contencioso Tributario fue interpuesto en fecha 13-02-1998. Así, no consta que dicho recurso haya sido resuelto por la Administración Tributaria para el momento en que fue ejercido el Recurso Contencioso Tributario y mucho menos aún que hubiese transcurrido el lapso para entender la denegación tácita del mismo; siendo así, a juicio de este Juzgador, el presente Recurso incurre en extemporaneidad por anticipado.