(...) En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal Trigésimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadano FABIO DE JESUS HERRERA ARBOLEDA, titular de la Cedula de identidad Nº 17.143.328, y la empresa URBANIZADORA SHANGRILA, C.A., en los mismos términos y condiciones en ella establecidos. Igualmente se deja constancia una vez transcurrido el lapso de impugnación, se dará por terminado el presente juicio y se ordenara su cierre informático.
El Juez
Abg. Juan Carlos Medina Cubillan
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