Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 17 de noviembre de 2006 por la abogada Lucía Casañas actuando en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos Norma Edith De la Cruz y Ramón José Fuster Lorenzo, parte actora, contra el auto dictado en fecha 14 de noviembre de 2006 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; en consecuencia se ordena al juzgado a quo fijar un plazo para la evacuación de las señaladas pruebas de informes y de testigos promovidas por la parte actora y concluido éste se proceda como se indica en el artículo 511 del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO: Queda MODIFICADO el auto apelado.
Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en las .....