respectivamente, quienes presentan instrumento poder ad efecctum videndi el cual verificado por la ciudadana Juez y la representación judicial de la parte Demandada consigna copia simple del instrumento poder y acta de asamblea de la parte Demandada, en doce (12) folios útiles el cual se ordena agregar a los autos. Asimismo, las partes han llegado al presente acuerdo: La parte demandada AUTO REFRIGERACIÓN 200 C.A., ofrece pagar la cantidad de Bs.F.10.487,77 a favor del ciudadano WILLIAMS JOSÉ TOVAR VALLES, cédula de identidad NºV-13.128.031, mediante cheque girado contra el Banco Banplus Nº52001963. En este estado la representación judicial de la parte actora acepta las cantidades ofrecidas en los términos señalados. En este orden de consideraciones, este Tribunal deja constancia que las partes están contestes en: la fecha de ingreso, fecha de egreso y motivo de terminación de la relación laboral señalado en el libelo de la demandada, así como también en el salario devengado por el A.....