Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta por la ciudadana MONICA ALEXANDRA BARRETO GÓMEZ, asistida por las abogadas Laura Capecchi D. y Luisa Gioconda Yaselli, contra el INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA MUNICIPAL DE CHACAO.
SEGUNDO: Se declara la NULIDAD del Acto Administrativo contenido en la Resolución Nº 012-2011 de fecha 22 de julio de 2011 emanado de la Dirección General del Instituto Autónomo de Policía Municipal, mediante el cual se resolvió imponer a la querellante la medida de destitución.
TERCERO: Se ORDENA la reincorporación al cargo de Agente Municipal que venía desempeñando al momento de su destitución y el pago de los salarios dejados de percibir como indemnización por la actuación ilegal de l.....