III
D E C I S I Ó N
En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada entre la parte demandada entidad de trabajo empresa "INVERSIONES 30.023 CA" y la parte actora ciudadano ELIO BELTRAN LOPEZ CABEZA, titular de la cédula de identidad V-12.273.480, en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, dejando expresa constancia que solo quedan homologados los conceptos de carácter laboral que son objeto de este litigio, salvo del desistimiento de la "acción" que se pretende del procedimiento administrativo el cual vale destacar es ajeno a este proceso judicial, todo ello por ser contrario a principios de rango constitucional. Este tribunal solo a modo de orientativo le sugiere a la parte actora que tal manifestación .....