Por los argumentos anteriormente expuestos, este Juzgado Sexto (6°) Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara: HOMOLOGA EL ACUERDO EN LOS TÉRMINOS ESTABLECIDOS ENTRE LAS PARTES. En consecuencia, este Juzgado declara concluido el presente procedimiento. Por lo que se les insta a consignar el comprobante de la transferencia del pago acordado, a los fines de dar por terminado el presente expediente. De igual forma, se acuerda la entrega a las partes de los escritos de promoción de pruebas y sus anexos, consignados en su oportunidad, se ordena librar oficio a la Oficina de Depósito de Bienes (O.D.B) del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de que remita la totalidad de las pruebas consignadas en la presente causa, a la Ofici.....