Por los fundamentos antes expuestos, y criterio jurisprudencial arriba citado, este Tribunal Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin Lugar el recurso de apelación, ejercido contra la sentencia de fecha 24 de Mayo de 2012, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la cual se declaró Sin Lugar la Tacha Incidental, interpuesta por el profesional del derecho EMILIO MARTINEZ LOZADA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el N° 26.311, en su carácter de apoderado judicial de la Junta de Propietarios de la Comunidad de Propietarios del Centro Plaza.
SEGUNDO: Se confirma en todas y cada una de sus partes la sentencia de fecha 24 de Mayo de .....